top of page
Sol de mi vida
IMG_0006
Fiesta de disfraces
13315652_10206186914463045_3199915876032423503_n - copia
IMG-20160624-WA0033
Iniciación a la lectura
13230118_10206166892002496_3617679336447329848_n - copia
1919609_10205739838646429_4758972395308917347_n - copia
Cocinando verduras
11902341_10204639730424411_5317904213946667958_n - copia
1016546_10205181470922742_2199534476244112537_n - copia
Carnavalito
Día del deporte
DSC_0012

!Bienvenidos!

En nuestro Jardín Lara pinta el Sol, contamos con dos espacios educativos:

  • Sala cuna : orientado a atender el primer ciclo de la Educación parvularia (Sala Cuna menor y Mayor)  con Reconocimiento oficial N° 41.245-7 ubicado en las magnolias 2751 Larapinta Lampa, el cual cuenta  con sistema de cámaras de seguridad online.

  • Escuela  de Párvulos: orientada a atender el segundo ciclo de la educación Parvularia ; Nivel Medio Menor y Mayor, NT1 y NT2 con reconocimiento para sus tres niveles y subvención para NT1 y NT2 ubicada en Los tulipanes 1875 , Larapinta,Lampa

  • A partir de 2019 con  ley SEP.

 Matriculas abiertas 2024
 Un espacio educativo seguro para que sus niñ@s  aprendan jugando.  

 

  Prekinder y kinder subvencionado y reconocido por el MINEDUC  RBD 20419-6, niveles medios y sala cuna

    Servicio de after school con     apoyo escolar y talleres.

IMG-20220113-WA0082.jpg
DERECHO  A SALA CUNA

Art.203. del Código del Trabajo 

Las empresas que ocupan veinte o más trabajadoras de cualquier edad o estado civil, deberán tener salas anexas e independientes del local de trabajo, en donde las mujeres puedan dar alimento a sus hijos menores de dos años y dejarlos mientras estén en el trabajo. Igual obligación corresponderá a los centros o complejos comerciales e industriales y de servicios administrados bajo una misma razón social o personalidad jurídica, cuyos establecimientos ocupen entre todos, veinte o más trabajadoras. El mayor gasto que signifique la sala cuna se entenderá común y deberán concurrir a él todos los establecimientos en la misma proporción de los demás gastos de ese carácter. 

Las salas cunas deberán reunir las condiciones de higiene y seguridad que determine el reglamento. 

Con todo, los establecimientos de las empresas a que se refiere el inciso primero, y que se encuentren en una misma área geográfica, podrán, previo informe favorable de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, construir o habilitar y mantener servicios comunes de salas cunas para la atención de los niños de las trabajadoras de todos ellos. 

Un espacio seguro para sus hijos/as
IMG-20151218-WA0005.jpg
18043575886267178.jpg
18013728574289232.jpg
17901073849572054.jpg
bottom of page